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Tribunal confirma el registro del PRD en ayuntamientos y en los 26 distritos

Tribunal confirma el registro del PRD en ayuntamientos y en los 26 distritos

Puebla, Pue. — El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Puebla resolvió el 6 de octubre de 2001 el recurso de apelación TEEP-A-18/2001, interpuesto por Convergencia por la Democracia, Partido Político Nacional, a través de su representante propietario, José Rodolfo Herrera Charolet.

El acto impugnado fue el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado sobre el registro supletorio de candidatos para el proceso electoral estatal ordinario de 2001, aprobado en la sesión especial permanente iniciada el 27 de agosto y concluida el 3 de septiembre de ese año. Ese acuerdo tuvo por registradas las planillas a miembros de los ayuntamientos y las fórmulas de diputados por mayoría relativa de los 26 distritos del estado, presentadas por el representante del Partido de la Revolución Democrática. El PRD compareció como tercero interesado, por conducto de José Hugo Salvador Aguilar Díaz. El magistrado ponente fue Germán Gabriel Alejandro López Brun.

En sus agravios, Convergencia sostuvo que el IEE no verificó que la solicitud del PRD se ajustara al artículo 208, fracción VII, del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla. Argumentó que las firmas autógrafas exigidas deben ser de los funcionarios del partido facultados para postular y que, conforme al artículo 38, fracción II, de los estatutos del PRD, el único representante legal es el Presidente Nacional. Según el recurrente, el representante propietario acreditado ante el Consejo General no tenía ese carácter y, por tanto, las solicitudes de registro eran inválidas.

El Tribunal declaró infundados los agravios. Consideró que no procedía revocar el carácter conferido a José Hugo Salvador Aguilar Díaz como representante propietario del PRD ante el Consejo General del IEE y que, en consecuencia, debía confirmarse el acuerdo impugnado.

En los resolutivos, el Pleno:

  1. Declaró infundados los agravios de Convergencia.
  2. Confirmó el acuerdo del Consejo General del IEE que aprobó el registro de las planillas de ayuntamientos y de las fórmulas de diputados de mayoría relativa de los 26 distritos, presentadas por el representante propietario del PRD.

La sentencia se aprobó por unanimidad, en sesión pública, por la magistrada presidenta Judith Yolanda Muñoz Tagle y los magistrados Reynaldo Lazcano Fernández y Germán Gabriel Alejandro López Brun. Autorizó el secretario general de acuerdos, Romualdo Cabrera Méndez. La certificación de las copias, en 23 fojas útiles, está fechada el mismo 6 de octubre de 2001.

Pendiente. Esta certificación solo da cuenta del TEEP-A-18/2001. En el expediente no obran impugnaciones posteriores ni el resultado de la jornada electoral.