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Registro de DIputados federales de RP del PRD 2006

 SUP-JDC-1022/2006

Sala Superior del TEPJF
26 de mayo de 2006
Actora: Carmen Trejo Vázquez
Responsables: Consejo General del IFE y Comité Ejecutivo Nacional del PRD
Acto impugnado: Acuerdo CG90/2006 (registro de diputados federales de RP de la coalición “Por el Bien de Todos”) y actos internos del PRD

Hechos relevantes
  1. El PRD convocó a elegir candidatos a diputados y senadores (octubre-diciembre 2005).
  2. Carmen Trejo se registró como precandidata a diputada federal de RP (11 de enero de 2006).
  3. El 14 de enero, la Convención Nacional eligió los lugares nones.
  4. El 15 de enero, el Consejo Nacional eligió los lugares pares. Trejo obtuvo 14 votos y quedó en el lugar 14 de esa votación en la Cuarta Circunscripción.
  5. El 17 de enero, el Comité Nacional del Servicio Electoral y Membresía emitió el acuerdo ACU-CNSEyM-018-2006 e integró una lista única del PRD. En esa lista, Trejo quedó en el lugar 12 (origen + prelación + acción afirmativa de género).
  6. El 3 de mayo de 2006, el IFE registró la lista de la coalición “Por el Bien de Todos”. Trejo no apareció.
  7. El 7 de mayo promovió el JDC.

Agravios de la actora
  • No se respetó el origen estatutario: nones por Convención y pares por Consejo.
  • No se respetó la acción afirmativa de género (máximo 70% de un mismo género).
  • Aunque quedó en el lugar 12 de la lista interna del PRD, no fue incluida en la lista coaligada. Pedía el lugar 16.
  • Falta de audiencia, fundamentación y motivación.

Qué resolvió la Sala Superior
El PRD, al coaligarse, solo podía ocupar ciertos lugares de la lista de la coalición. En la Cuarta Circunscripción, los lugares del PRD eran:
1, 2, 3, 4, 5, 10, 13, 16, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 33, 34, 36, 37, 39 y 40.
Los demás se reservaron a PT, Convergencia y candidatos externos.La lista interna del PRD se inserta en orden de prelación en los casilleros disponibles del partido, no “non con non y par con par” respecto de la lista coaligada.Al comparar ambas listas, a Trejo le correspondía el siguiente lugar disponible del PRD después de los ya ocupados: el lugar 21.No le asistió razón para exigir el lugar 16. Tampoco prosperó el agravio de género para mejorar esa posición, ni el de falta de audiencia, porque el JDC sí le dio defensa.

Puntos resolutivos
  1. Se modifica el acuerdo CG90/2006 para registrar a Carmen Trejo Vázquez en el lugar 21 de la lista de diputados de RP de la Cuarta Circunscripción de la coalición “Por el Bien de Todos”, previa verificación de requisitos.
  2. El PRD, por el Comité Nacional del Servicio Electoral y Membresía, debe remitir en 24 horas la documentación de su registro a la representación de la coalición ante el IFE.
  3. Esa representación debe exhibirla ante el IFE en otras 24 horas.
  4. El Consejo General del IFE debe informar el cumplimiento a la Sala Superior.
Sentencia aprobada por unanimidad, con ausencia de los magistrados Ojesto Martínez Porcayo y Reyes Zapata.