8 de agosto de 2003. Denuncia ante el Auditor General del Ćrgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla por irregularidades en la concesión de alumbrado pĆŗblico. Escrito presentado por el diputado JosĆ© Rodolfo Herrera Charolet (Convergencia) junto con legisladores del PRD, PT y PRI de la LV Legislatura. Acusan al presidente municipal Luis Paredes Moctezuma de otorgar, en perjuicio del erario, un tĆtulo de concesión a Mexicana de Mantenimiento de Alumbrado, S.A., con violaciones a los artĆculos 28 y 134 de la Constitución federal, al artĆculo 104 de la Constitución de Puebla, a la Ley OrgĆ”nica Municipal y al Código Fiscal municipal.
22 de enero de 2003 (documento denunciado). TĆtulo de concesión otorgado por el Ayuntamiento de Puebla a Mexicana de Mantenimiento de Alumbrado, S.A. Acto que el escrito describe como una concesión de quince aƱos sobre infraestructura de alumbrado y semĆ”foros, adjudicada de forma directa tras declararse desierta una invitación a cuando menos tres personas; los denunciantes sostienen que en realidad se trata de un contrato de prestación de servicios simulado y que no recabó la aprobación formal del Cabildo ni el pago de derechos por concesión.
Sin fecha de publicación periodĆstica (parte I del escrito, agosto de 2003). Marco teórico y legal de la competencia económica, las compras pĆŗblicas y la concesión administrativa. Desarrolla el artĆculo 28 constitucional, la Ley Federal de Competencia Económica, el artĆculo 134 constitucional, la doctrina sobre concesión como acto administrativo unilateral y las normas municipales que rigen el alumbrado pĆŗblico y el trĆ”nsito, para sostener que el tĆtulo impugnado viola la libre concurrencia y reserva de servicios pĆŗblicos.
Sin fecha de publicación periodĆstica (parte II del escrito, agosto de 2003). Hechos de la denuncia. Relata que el 22 de enero de 2003 Paredes firmó el tĆtulo a favor de Mexicana de Mantenimiento de Alumbrado, S.A.; menciona los “antecedentes sociales” y “jurĆdicos” insertos en el propio tĆtulo y seƱala que tanto el Ayuntamiento como el concesionario incorporaron declaraciones que, segĆŗn los diputados, no corresponden a una verdadera concesión de servicio pĆŗblico.
Sin fecha de publicación periodĆstica (parte III del escrito, agosto de 2003). Violaciones concretas imputadas al tĆtulo de concesión. Enumera, entre otras, incompetencia del presidente municipal para adjudicar sin Cabildo, simulación de concesión sobre semĆ”foros (servicio de trĆ”nsito no concesionable), ausencia de contraprestación al municipio, exclusión de la reversión de bienes, fianza invertida a cargo del Ayuntamiento, cesión irrestricta de derechos, fundamentos legales inaplicables y posible daƱo patrimonial por no cobrar derechos de concesión.
8 de agosto de 2003. Petitorios al Ćrgano de Fiscalización Superior. Los diputados piden que se admita la denuncia, se investiguen los hechos, se cuantifiquen daƱos al municipio, se fincen responsabilidades administrativas, resarcitorias y, en su caso, penales, y que el OFS incorpore auditorĆas especĆficas a su programa anual. El escrito cierra con la fecha “H. Puebla de Zaragoza, a 8 de agosto de 2003” y las firmas de Herrera Charolet, Javier López Zavala, Carlos Meza Viveros, Alejandro Armenta Mier, Odón Abad Sidar Fierro, JesĆŗs Edgar Alonso CaƱete y otros legisladores.

