Posible desacato federal abre vía a sanciones en San Gabriel Chilac.
30 de julio de 2026
En San Gabriel Chilac se registró la emisión de una orden por parte de un juez federal el 19 de julio para restablecer el servicio de agua potable a familias a las que se les había suspendido el suministro. La medida se originó tras una asamblea comunitaria en la que se acordó imponer una multa de 50 mil pesos a propietarios que arrendaron sus tierras a la empresa Colorado Ecoterra. Ante la negativa de cubrir dicha cantidad, se determinó el corte del servicio.
José Isidoro Rosales Romero, así como otros representantes de los ramales, enfrentan la posibilidad de procesos legales que podrían incluir penas de hasta 12 años de prisión por presunto desacato a la resolución federal. Jorge Alberto Lezama Martínez también podría ser sujeto a un procedimiento que derive en su separación del cargo por el incumplimiento del mandato judicial.
Tomás Calderón Alfaro indicó que la suspensión del agua vulnera disposiciones de la Constitución, tratados internacionales y el derecho humano al agua. Añadió que, aun cuando San Gabriel Chilac se rige por usos y costumbres como comunidad indígena, este tipo de sanción no puede aplicarse aunque haya sido aprobada por mayoría en asamblea.
Como resultado de los juicios de amparo promovidos, en tres casos los jueces federales resolvieron a favor de las familias afectadas y ordenaron la reconexión inmediata del servicio. Hasta el momento solo una de esas resoluciones ha sido cumplida. Se trata del Ramal 20, cuyo representante Juan Daniel Rodríguez Cortés notificó al juzgado federal el cumplimiento de la suspensión mediante un documento fechado el 23 de julio. Horas después el suministro volvió a ser suspendido, situación que de confirmarse podría constituir un nuevo desacato a la resolución judicial.
Jorge Alberto Lezama Martínez sostuvo un diálogo con las familias afectadas y les propuso cubrir únicamente 5 mil pesos de la multa de 50 mil, con la condición de que se hiciera constar que el pago había sido realizado por los propios afectados. Las familias rechazaron la propuesta al considerar que el acceso al agua es un derecho humano y no está sujeto a negociación.
De acreditarse el incumplimiento a las resoluciones federales, las autoridades responsables podrían enfrentar responsabilidades penales y administrativas, además de medidas como la separación del cargo de los servidores públicos involucrados. El asunto se mantiene en seguimiento conforme a los plazos y procedimientos establecidos por las instancias judiciales federales correspondientes.
