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Suprema Corte revisará reparto de regidurías aprobado por el Congreso de Puebla

 


Suprema Corte revisará reparto de regidurías aprobado por el Congreso de Puebla

3 de noviembre de 2026.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene previsto discutir el próximo 5 de noviembre un proyecto de sentencia que propone invalidar disposiciones de la reforma electoral aprobada por la LXII Legislatura del Congreso de Puebla, relacionadas con la distribución de regidurías de mayoría relativa y representación proporcional. El asunto corresponde a la acción de inconstitucionalidad 109/2026, promovida por el Partido Acción Nacional (PAN) contra modificaciones al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado y a la Ley Orgánica Municipal. El proyecto elaborado por Arístides Rodrigo Guerrero García plantea que la distribución aprobada por el Congreso local afecta los principios constitucionales de pluralismo político y representación de las minorías en los ayuntamientos.

La reforma aprobada en julio de 2026 estableció para el Ayuntamiento de Puebla una integración de 11 regidurías de mayoría relativa y hasta cuatro de representación proporcional. El proyecto sometido a consideración de la Corte señala que esta distribución otorga a la mayoría una proporción de espacios superior a la reservada para las fuerzas políticas minoritarias. La propuesta contempla modificar la integración a diez regidurías de mayoría relativa y cinco de representación proporcional, manteniendo un total de 15 regidurías. La controversia comprende disposiciones del artículo 18 del Código Electoral estatal y de los artículos 46 y 47 de la Ley Orgánica Municipal. También se cuestiona la utilización de la expresión «hasta» para determinar el número de regidurías de representación proporcional, debido a la falta de precisión sobre los espacios que corresponderían a las distintas fuerzas políticas.

Mario Riestra Piña informó que el proyecto recoge parte de los argumentos presentados por el PAN contra la reforma legislativa. La discusión incluye los límites de las facultades del Congreso para establecer la integración de los ayuntamientos y las condiciones de participación de los partidos que no obtengan la mayoría de votos. Los reportes publicados presentan diferencias respecto del momento en que se aplicarían las modificaciones, pues algunos señalan el proceso electoral de 2027 y otros las elecciones de 2030. La determinación sobre la validez de las disposiciones impugnadas, la distribución definitiva de regidurías y sus efectos electorales dependerá de la resolución que adopte el Pleno de la Suprema Corte. Hasta el 3 de noviembre, el asunto se encontraba en etapa de proyecto y no existía una sentencia definitiva confirmada sobre esta controversia.



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