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Suprema Corte niega amparo a Juan Lira Maldonado "El Moco"

 Evita ser vinculado a proceso por “Lavado de Dinero”.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), confirmó la resolución que negó el amparo promovido por Juan Lira Maldonado “El Moco”, ex candidato de Fuerza por México a la presidencia municipal de Chignahuapan, Puebla, con el cual pretendía evitar su vinculación a proceso por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, conocido popularmente como "lavado de dinero".

La resolución de la SCJN

La ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, en el recurso de revisión, identificado con el expediente 127/2024. Los ministros determinaron que no existía problema de constitucionalidad con respecto a la norma se establece en el Código Nacional de Procedimientos Penales, con respecto a los requisitos para vincular a proceso a un imputado. Los cuales establecen que:

  Que el Ministerio Público aporte datos de prueba que demuestren de manera probable los hechos delictivos imputados

Que se haya formulado la imputación

Que se le haya dado oportunidad al imputado para declarar

Que no se actualice una causa de extinción de la acción penal o una causa de exclusión del delito

El auto de vinculación a proceso debe contener:

Los datos personales del imputado

Los fundamentos y motivos por los cuales se estiman satisfechos los requisitos.

El lugar, tiempo y circunstancias de ejecución del hecho que se imputa

La vinculación a proceso es la determinación que establece el juzgador en la audiencia inicial si hay méritos para iniciar un proceso penal en contra del imputado.

Los ministros en su fallo sostienen que la norma no revierte la carga de la prueba, sino que exige al acusado demostrar el origen lícito de los recursos, bienes o derechos en cuestión.

Los ministros Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo votaron a favor del proyecto, mientras que los ministros Loretta Ortiz Ahlf y Juan Luis González Alcántara Carrancá se pronunciaron en contra.

La acusación de la Fiscalía

En la audiencia de vinculación a proceso, el Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) presentó pruebas que apuntan a que entre 2014 y 2020, Lira Maldonado adquirió bienes a través de presuntos prestanombres o testaferros. Entre las propiedades mencionadas se encuentran seis inmuebles y predios, además de cinco vehículos, incluyendo una camioneta Chevrolet Cheyenne y un Buick Enclave.

El juez de control determinó que Juan Lira debe demostrar la compra lícita de estos bienes, ratificando que la normatividad aplicable y recurrida por el quejoso no vulnera la presunción de inocencia, sino que exige una explicación válida de la procedencia de los recursos empleados.

Implicaciones

El fallo de la Corte pone en aprietos legales a Juan Lira Maldonado, quien buscó, además de la candidatura de Fuerza Por México el apoyo político para resolver su situación legal. Sin embargo la resolución refleja la lucha contra el lavado de dinero y su interpretación legal en los requisitos para vincular a proceso, cuando presuntamente se comenten este tipo de delitos.  05-12-2024