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La partida secreta

 Partida secreta: principio y fin

Durante décadas la partida secreta fue señalada como icono de opacidad y presidencialismo autoritario del viejo régimen de partido de Estado.

El 1º de diciembre de 1916, Venustiano Carranza inauguró los trabajos del Congreso Constituyente con un paquete de reformas para fortalecer al Poder Ejecutivo Federal.

Propuso, entre otras cosas, darle facultad de veto contra las resoluciones del Congreso; el poder de convocar a las sesiones extraordinarias del mismo; la inmunidad penal para poder ser juzgado solo por traición a la patria y delitos graves del orden común; la designación libre de los secretarios de Estado sin intervención del Congreso y la designación del titular del Ministerio Público Federal. Además, planteó el principio de no reelección legislativa y la realización de un solo periodo ordinario de sesiones para quitarle fuerza al Congreso.

En ese contexto, propuso también la posibilidad de que existieran partidas secretas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, que serían manejadas por los secretarios solo si eran autorizadas por el Presidente.

En el segundo párrafo de la fracción I del artículo 65 del proyecto de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Carranza propuso el siguiente texto:

"No podrá haber otras partidas secretas, fuera de las que se consideren necesarias con ese carácter, en el mismo presupuesto; las que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del presidente de la República".

El objetivo de dicho precepto era someter a los secretarios al control del Presidente, a fin de evitar las situaciones de abuso en las que cayeron los colaboradores de Porfirio Díaz. Sin embargo, las "partidas secretas…que emplearán los secretarios por acuerdo escrito del presidente de la República" se convirtieron en la partida secreta del Presidente.

La reforma política de 1977 fortaleció las facultades de fiscalización de la Cámara de Diputados. Sin embargo, el texto relativo a las partidas secretas quedó intacto. Solo se trasladó a la fracción IV del artículo 74 de la Constitución.

Sobre esa base las partidas secretas en el Presupuesto de Egresos de la Federación fueron referenciadas de la siguiente manera:

"Las partidas a que se refiere el párrafo tercero de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sólo serán las comprendidas en el concepto 7300 del ramo 00023, Provisiones Salariales y Económicas".

Cabe aclarar que también llegaron a ubicarse en el concepto 8100. En todo caso, lo más importante es el alcance que llegaron a tener.

Con el presidente Miguel de la Madrid Hurtado, la partida secreta comenzó en cinco millones de pesos en el año de 1983 y creció hasta llegar a 165 millones de pesos en 1988. En el sexenio de Carlos Salinas dicha partida comenzó con 231 millones de pesos y alcanzó los mil 160 millones en 1993.

Durante décadas la partida secreta fue señalada como icono de opacidad y presidencialismo autoritario del viejo régimen de partido de Estado.

Pero los tiempos han cambiado. Y si la tercera transformación (la Revolución Mexicana), buscó fortalecer al Poder Ejecutivo, la llamada cuarta transformación pretende abolir sus privilegios. De ahí que se hayan tomado medidas administrativas como convertir Los Pinos en un parque cultural, dejar de usar un avión presidencial y bajar el salario del Presidente; reformas legales como la eliminación del Estado Mayor Presidencial; reformas constitucionales como el uso de la extinción de dominio para recuperar bienes de la nación saqueados a través de la corrupción y la derogación de la condonación fiscal y reformas de control del Poder Ejecutivo como la revocación de mandato y la posibilidad de juzgar al Presidente por cualquier delito.

En ese contexto se inscribe el que hace unos días las comisiones del Senado hayan aprobado en sus términos una minuta de la Cámara de Diputados, que propone reformar la Constitución para que diga lo siguiente:

"No podrá haber partidas secretas en el Presupuesto de Egresos de la Federación."

Dicho dictamen tendrá que pasar al pleno del Senado y, en caso de aprobarse, a los Congresos Locales.

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