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La Privatización de los Servicios de Agua Potable

 Historia


La Privatización de los Servicios de Agua Potable

Tercera Parte

 

Por Ing. Julián Romero Tehuitzil

 

“AGUA PARA TODOS, AGUA PARA LA VIDA”

 

Historia; Contrainforme de 6 años de la Gestión del Agua del Gobierno de Moreno Valle

 

El proceso de privatización que se ha caracterizado por múltiples irregularidades y por la creciente opacidad se ha consumado bajo la siguiente forma y orden: Tercera Parte

 

12 de septiembre de 2013

Se aprueban las Modificaciones a la Ley de Agua para el Estado de Puebla, que reformó el artículos, a través de la cual se autorizan las concesiones en la prestación de servicios de agua potable por particulares; y la adición del artículo que suprime la facultad del Congreso del Estado de fijar las tarifas por ese mismo concepto.

 

Con lo anterior los diputados abrieron la posibilidad de concesionar el servicio que ofrece el Sistema Operador de Agua Potable y Alcantarillado de Puebla,  SOAPAP.

http://pueblanoticias.com.mx/noticia/aprueban-reformas--a-la-ley-de-agua-potable-para-el-estado-41197/

 

 12 de septiembre de 2013

Horas después, el Cabildo del municipio de Puebla por mayoría se aprueba la concesión del servicio de agua potable, saneamiento y alcantarillado a organismos privados.

 

13 de septiembre de 2013

Se publica en el Periódico Oficial las Modificaciones a la Ley de Agua para el Estado de Puebla, a través de la cual se autorizan las concesiones en la prestación de servicios de agua potable por particulares; y la adición del artículo 118 Bis que suprime la facultad del Congreso del Estado de fijar las tarifas por ese mismo concepto.

 

18 de septiembre de 2013

Convocatoria de licitación pública número SOAPAP-LPIC-001/2013 publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, con fecha para realizar el “acto de fallo” el 12 de diciembre.

 

30 de octubre de 2013

Comienza la reacción ciudadana, diversos organismos defensores del derecho al agua como la Asamblea Social de Agua, el Colectivo de Abogados de la Maestría en Derecho de la BUAP y otros presentan amparos ciudadanos a partir de esta fecha.

 

El 5 de noviembre de 2013

El ingeniero Manuel M. Urquiza Estrada, director general del SOAPAP, realizó una amplia explicación a los integrantes del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), respecto a los avances financieros alcanzados, disipar dudas del estado actual monetario y operativo que guarda el SOAPAP y ante interrogantes referentes a la iniciativa enviada al Congreso local por el Ejecutivo del Estado para recapitalizar al organismo mediante recursos monetarios del sector privado.

 

6 de noviembre de 2013

El Periódico Oficial publica el Decreto del Honorable Congreso del Estado por el que se deroga el artículo 118 BIS de La Ley del Agua para el Estado de Puebla, que permite, concesionar a particulares el servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que actualmente brindan los municipios u organismos operadores.

 

Además, los prestadores del servicio podrán establecer la estructura tarifaria para el cobro de derechos, productos y contribuciones, siempre que dichos prestadores tengan a su cargo dos o más municipios.

Se determinó también que los adeudos de los usuarios serán considerados “créditos fiscales”, lo que permitiría a la autoridad emprender un proceso judicial contra los morosos que podría derivar en la imposición de sanciones por la comisión de un delito fiscal.

 

23 de diciembre de 2013

Se constituye Concesiones Integrales de acuerdo a su Registro Federal de Contribuyente (RFC), once días después de haber ganado la licitación.

 

19 de marzo de 2014

El Periódico Oficial publica el Decreto del Congreso por el que se aprueba la estructura tarifaria para el cobro de los derechos, productos y contribuciones de mejoras previstas en La Ley del Agua para el Estado de Puebla, por la prestación de servicios públicos de agua potable, agua tratada y agua en vehículos, cisterna, drenaje, alcantarillado, saneamiento y disposición de aguas residuales, por parte del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Puebla en el área de cobertura, así como el procedimiento de actualización.

 

15 de abril de 2014

El gobierno del estado confirmó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) que “Agua de México” es la firma que obtuvo la concesión para administrar los servicios del Sistema Operador de Agua Potable y Alcantarillado de Puebla (SOAPAP).

 

22 de mayo de 2014

Inicia a operar el SISTEMA DE AGUA de Concesiones Integrales.

 

3 de julio de 2014

Carlos Hank González, dueño del fideicomiso bancario de Grupo Hermes, declara en Milenio: “Se trata de un formato novedoso, una especie de Proyecto para la Prestación de Servicios o PPS (una modalidad de participación público-privada con base a concesiones de largo plazo), pero a diferencia de los demás, el cliente de la empresa privada ya no es el gobierno, sino directamente el usuario final. “Es un PPS plus, más innovador. Porque es una posesión pública y privada en donde está la iniciativa privada buscando e invirtiendo en recursos para mejorar el servicio que le provee al estado; sin embargo, no es éste el que paga finalmente, sino que el financiamiento viene directamente del cobro del agua, o sea, los usuario”.

 

2 de julio de 2014

Ante las denuncias ciudadanas, la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) clausuró las oficinas de la firma, ya que detectó irregularidades en el cobro del servicio del agua, pues Concesiones Integrales evitaba informar de manera clara y precisa las tarifas por el servicio.

 

Julio de 2015

Fitch Ratings, corporación financiera y agencia internacional de calificación crediticia con sede en Nueva York y Londres; ha asignado una Calificación de Default (IDR) de largo plazo de “BBB” a la municipalidad de Puebla http://www.businesswire.com/news/home/20150612005722/en/Fitch-Rates-Municipality-Puebla-Mexico-BBB-Outlook.

 

El estado, es señalado como una empresa de mediana clase, satisfactorias al momento de clasificarse. “La perspectiva de la calificación es estable”.

 

Algunos resultados del proceso de privatización del agua en Puebla.

 

Respuesta ciudadana

Durante el proceso de privatización del agua, la reacción ciudadana no se hizo esperar, desde diferentes espacios sociales, organizaciones, se comenzaron a articular esfuerzos para buscar influir a través de movilizaciones y pronunciamientos demandando el acceso a la información y que se diera marcha atrás al proceso de concesión del servicio de este vital liquido.

 

Asimismo las organizaciones sociales buscaron influir en los poderes ejecutivo y legislativo locales, a través de cartas formales acompañadas de cientos de firmas, dirigidas tanto al Gobierno del estado como al Congreso Local, al Presidente Municipal y a los regidores, planteando la necesidad urgente de que se analizará el tema, abriendo la posibilidad a la ciudadanía de manifestarse al respecto y la exigencia de revertir este proceso, del ejecutivo estatal sólo se recibió copia de una notificación a una instancia de la Secretaría General de Gobierno a la cual se turnaba el caso; del Congreso no se recibió respuesta y del municipio tampoco.

 

En términos de influir en el poder judicial, la iniciativa ciudadana se planteo impulsar una estrategia jurídica que se ha desarrollado en tres fases:

 

1ª- fase: de amparos efectuados inmediatamente después de que fue aprobada la privatización del servicio, argumentando la inconstitucionalidad de las reformas a la Ley de Agua de Puebla, presentándose alrededor de 200 amparos, de los cuales sólo uno permanece en proceso en la Suprema Corte de Justicia, SCJ a nivel federal, el cual de seguir su curso implicaría dar marcha atrás a la privatización del agua en la entidad.

 

2ª fase: de amparos en contra del incremento a las tarifas del servicio de agua, luego de que la concesionaria entro en funciones y que se registro, luego de la aprobación del nuevo pliego de tarifas por parte del Congreso local el 14 de marzo del 2014, con lo que se registro un incremento de hasta 400% en las tarifas del agua potable en algunas colonias del municipio de Puebla, con lo cuál se ampararon colectivamente a un promedio de 150 personas. (primer amparo que fue aceptado provisionalmente por el juez tercero de distrito, dándose a conocer el 7 de julio de 2014 y que favoreció a 20 personas de la zona norte de la ciudad y luego a otras 40 con otros amparos presentados.

En otros dos casos se logro la reconexión del servicio que fue suspendido porque los particulares se habían negado a pagar el incremento.

 

3ª fase de amparos: en la que se encuentra actualmente la estrategia jurídica de las organizaciones sociales, por violación al derecho de petición de la ciudadanía que viola el  Artículo 8 de la Constitución General y 138 de la Constitución en el Estado de Puebla, ya que una de las primeras anomalías que la mayor parte de la ciudadanía registro por parte de la empresa Concesiones Integrales, fue la no llegada de los recibos, tal cuál lo plantea la Ley de Agua en el Estado que debieran contener toda la información que se requiere para pagar el servicio; y para lo cuál después de requerirlo la empresa cuenta con 8 días hábiles entrega de estados de cuenta, más de 50 amparos que acaban de presentarse para abordar este situación.

 

También se continúan presentando amparos para contrarrestar los cortes del servicio de agua y de drenaje que cada vez se multiplican más, en donde se alude la violación al derecho humano al agua, lo que debiera de garantizarse, independientemente del pago o no del servicio.

 

Es importante registrar que una limitación para la ciudadanía es la falta de acceso a la información, tanto respecto al proceso mismo de la licitación a través del cual se decidió que quedara la empresa que actualmente suministra el servicio de agua, así como la reserva del Convenio que estableció el gobierno con la empresa, por 7 años lo que se argumentó como se explica en el apartado anterior, primero por razones del proceso jurídico de los amparos y luego por cuestiones de seguridad de las instancias de gobierno y obvio de la empresa; razones por las cuales, al no contar con los criterios y las reglas claras que se establecieron, esto limita gravemente el ejercicio de la ciudadanía ante cualquier ejercicio de auditoría, contraloría de la población a ser ejercido a través de las otras instancias que permiten salvaguardar derechos como la Comisión Estatal de Derechos Humanos, CEDH, como la Procuraduría de Defensa de los Derechos del Consumidor, PROFECO, entre otras.

 

Por lo que al buscar medir a lo largo del último año de gobierno de RMV, los impactos de este proceso de privatización, tomando en cuenta variables e indicadores en base a las experiencias de evaluación que vienen desde entornos académicos y ciudadanos a nivel internacional como la desarrollada por el académico inglés David Hall, quien establece como variables o aspectos claves a dar seguimiento:

 

a. Comportamiento de los precios.

b. Incumplimiento con inversiones acordadas.

c. Desempeño Operativo y Administrativo de la concesionaria.

d. Calidad del servicio y del agua

e. Condiciones laborales en la concesionaria. 

f. Falta de acceso a la información, especialmente la financiera.

 

Es importante anotar que para fundamentar el proceso de privatización de este servicio desde el discurso gubernamental se planteo que se iba a mejorar el desempeño operativo, logístico y administrativo, ya que en ese momento había muchas quejas hacía SOAPAP; que por ende iba a mejorar la calidad tanto del servicio de suministro como del agua; que los precios del vital liquido no se incrementarían; que la intervención de un privado en la administración del liquido garantizaría la inversión para el mejoramiento en la infraestructura hídrica del tratamiento del agua y la prestación del servicio, sin embargo a más de dos años de la puesta en marcha del proceso de privatización en Puebla, y dando seguimiento aún general a tres de  los seis aspectos planteados podemos hacer un registro panorámico del comportamiento de estas variables.

 

Del incremento de las tarifas del agua potable: La estructura tarifaria cosmprendía además de los incrementos vía directa (tarifas), la nueva reclasificación de colonias y unidades habitacionales en 6 estratos, que van desde el básico que parte de Unidades Habitacionales a colonias populares hasta residenciales que ya van incrementando las tarifas (según valor catastral, lo que aparece de manera general en el Periódico oficial del Estado de Puebla: 19 de marzo 2014, entrando en vigencia en mayo de 2014).

 

NADIE POR ENCIMA DE LA LEY,

Palabra del C Presidente de la República Mexicana AMLO

En la última Publicación se dará las Fuentes: Bibliografía y Dependencias, Organizaciones y personas que participaron:

Esta Historia Continuara.

 

Se despide su amigo ING Julián Romero

La Caja de Cartón.,  email:     tlciudadana@gmail.com....www.tlciudadana.com.mx de tus amigos