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Niega TEEP medidas cautelares por hechos consumados

 El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó que el Partido Acción Nacional (PAN) ejerció violencia política de género contra Genoveva Huerta Villegas, pero negó las medidas cautelares solicitadas por la panista.


El expediente TEEP-JDC-004/2022 fue resuelto por los magistrados el 7 de enero, y se declara que las acusaciones son improcedentes debido a que el juicio que reclama la validez de la elección ya fue resuelto.

Huerta Villegas inició esta impugnación para solicitar medidas cautelares pues aseguró que sufrió violencia de género por parte de su partido al no recibir la información que solicitó para controvertir el resultado de la elección interna del Comité Directivo Estatal del PAN.

“Los efectos del dictado de las medidas cautelares, son ineficaces, derivado que se tratan de hechos consumados, los cuales resultan de imposible reparación, entendiéndose como tales, aquellos cuyos efectos no pueden retrotraerse y que son materialmente imposibles de restituirlos al estado en que se encontraban antes de que ocurrieran”, dicta el resolutivo.