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Resolución favorable para diputados y senadores sin partido

 Con cinco votos a favor y uno en contra del magistrado JosĆ© Luis Vargas Valdez, el TEPJF sentó un precedente al ordenar al Congreso de la Unión dar espacios a legisladores sin partido en las Juntas de Gobierno y comisiones del Senado de la RepĆŗblica y la CĆ”mara de Diputados.


Este miĆ©rcoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró fundados los agravios denunciados por el llamado “Grupo Plural” de Senadores, que fueron excluidos de la Junta de Coordinación PolĆ­tica (Jucopo) y la Comisión Permanente.

En sesión virtual se resolvió el juicio promovido por la senadora poblana Nancy de la Sierra ArĆ”mburo y los senadores Alejandra del Carmen León Gastelum, GermĆ”n MartĆ­nez CĆ”zares y Emilio Ɓlvarez Icaza Longoria, todos identificados como legisladores sin partido que conformaron el “Grupo Plural”.

En su impugnación presentada desde el 22 de diciembre, los legisladores acusaron afectaciones a sus derechos políticos electorales por no ser considerados para integrar la Comisión Permanente solo por no formar parte de un grupo parlamentario.

En septiembre de la Sierra ArĆ”mburo –quien llegó al Senado por el Partido del Trabajo (PT)— anunció su decisión de separarse del grupo parlamentario para formar una nueva bancada, pero el senador Ricardo Monreal Ɓvila, presidente de la Jucopo, sólo tomó en cuenta a senadores con partido para la integración del órgano legislativo.

En el resolutivo del juicio de la ciudadanía SUP-JDC-1453/2021, a cargo del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, se concluyó que todos los legisladores deben de ser considerados en los órganos legislativos bajo el principio de pluralidad parlamentaria, pues de no ser así se transgrede el derecho a ser votado.

“El diseƱo para integrar a la Comisión Permanente excluye a las senadurĆ­as independientes, lo que les afecta a ser votados bajo el procedimiento y disposiciones correspondientes, afectando sus derechos polĆ­ticos electorales”, dicta el resolutivo.


Marca precedente injerencia del TEPJF

Esto marcarÔ un precedente para el Senado de la República y la CÔmara de Diputados, aunque en la discusión del proyecto que duró 90 minutos, el magistrado José Luis Vargas Valdez consideró que el TEPJF no tiene atribuciones para intervenir en la normatividad del poder Legislativo, ademÔs de que señaló que el proyecto de sentencia fue cambiado de último momento por el magistrado ponente y por ello su voto fue en contra.


“Quisiera seƱalar que esto que el magistrado ponente llama una nueva reflexión, es un cambio de criterio y es una disrupción a la lĆ­nea del tribunal que se ha venido fijando, que es la división de poderes y equilibrio de poderes jurĆ­dicos. Esto que se intenta justificar como una afectación a los derechos polĆ­ticos electorales, escapa a, mi modo de ver, en materia electoral de los propios legisladores. Por parte del Senado llevan tres aƱos como legisladores y llegaron con partidos, y luego se han manifestado como independientes y ahora solicitan su integración a la Comisión Permanente”, argumentó.

Para Vargas Valdez, avalar esta intervención motivarÔ a mÔs legisladores a separarse de las fracciones parlamentarias y los partidos perderían el incentivo de formar grupos parlamentarios.

“Es una interferencia al Ć”mbito de competencias del TEPJF al poder legislativo, no dimensionamos la afectación al sistema de partidos, ya que no habrĆ” incentivo para formar bancadas como partidos”, alertó.

Por su parte, Indalfer Infante GonzÔles consideró que el artículo 216 de la Constitución federal, da la posibilidad de interrumpir las jurisprudencias previas del TEPJF, pues no hay regulación en la CÔmara de Senadores cuando los legisladores dejan de pertenecer a un grupo parlamentario.

Por lo anterior, la resolución también ordena a las cÔmaras de senadores y diputados a establecer una nueva reglamentación, que se incluyente y tome en cuenta a legisladores sin partido a partir de la próxima integración de los órganos internos, que serÔ en febrero.